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“Quieren impunidad para factureros”: AMLO sobre nuevo proyecto de prisión preventiva

El proyecto del Ministro prevé invalidar la adhesión de los delitos de contrabando, factureros y defraudación fiscal a la Ley de Seguridad Nacional para que no puedan implicar la prisión preventiva de oficio.

Ciudad de México, 27 de octubre (SinEmbargo).- El Presidente Andrés Manuel López Obrador se mostró en contra del nuevo proyecto propuesto por el Ministro Luis María Aguilar Morales a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la prisión preventiva oficiosa, el cual señaló como “vergonzoso”, ya que ofrece impunidad a los factureros.

“Yo no estoy de acuerdo con eso, desde luego somos respetuosos con lo que decida la Suprema Corte, pero miren lo que está proponiendo: que los factureros pueden salir de la cárcel. Quieren impunidad para los factureros”, expresó en conferencia de prensa.

“La Corte otra vez, pero de veras es vergonzoso, ¿cómo proteger a delincuentes nada más porque son potentados o de cuello blanco? ¿Qué no tienen otras cosas qué hacer? ¿Qué no hace falta que haya justicia para el pobre? ¿Por qué sólo están dedicados a proteger a los potentados y además corruptos?”, cuestionó.

El pasado 24 de octubre, Aguilar Morales planteó hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia para no aplicar de maner automática la prisión preventiva oficiosa.

El Ministro hizo público el nuevo proyecto de resolución de las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la adhesión de tres delitos fiscales en la Ley de Seguridad Nacional para integrarlos al catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

“Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática, se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones (especialmente las que ordenan la imposición de medidas cautelares tan severas como la prisión preventiva)”, dicta el proyecto.

La propuesta prevé invalidar la adhesión de los delitos fiscales de contrabando, factureros y defraudación fiscal a la Ley de Seguridad Nacional para que éstos no impliquen la prisión preventiva de oficio.

“A juicio de este alto tribunal, estos ilícitos fiscales no constituyen un atentado grave contra la seguridad de la Nación, de manera tal que no se justifica la imperiosa necesidad de que sea el Juez de control quien incite al debate y análisis de esta medida cautelar”, indica.

Al respecto, el Presidente señaló esta mañana: “Nos costó muchísimo que se tipificara como delito ese tipo de defraudación fiscal, era vergonzoso lo que sucedía, si hasta han quedado sin castigo quienes se dedicaban a promover la evasión fiscal, despachos fiscales con facturas falsas, haciendo transacciones millonarias, ofreciendo ‘tú tienes que pagar tanto a la hacienda pública, tiene que pagar 100 millones, pero si me das un millón yo me encargo con facturas falsas de que no pagues’”.

“Eso es lo que quieren ahora que aceptemos y lo envuelven en lenguaje leguleyo de decir no a la detención o prisión preventiva. ¿Saben qué es eso? De que se le deja todo al Juez y el Juez decide al final. No hay ningún proceso de investigación”, detalló el mandatario.

De igual forma, el Subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Ricardo Mejía Berdeja, expuso: “Es nuevamente un proyecto del Ministro Luis María Aguilar que pretende dejar sin efecto la prisión preventiva para delitos fiscales graves. El proyecto lo que quiere es que ellos puedan estar en los procesos penales sin estar en prisión cuando pues son delitos de cuellos blanco que causan enormes daños al fisco”.

El pasado 24 de agosto, el Ministro Aguilar Morales propuso al Pleno de la SCJN declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, regulada en el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La propuesta para ser aprobada debía ser votada por mayoría calificada de ocho votos, y proponía invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y Al artículo 19, párrafo segundo, última parte, de la Constitución, que contempla la prisión automática para 16 delitos.

Para Aguilar Morales la prisión preventiva es una medida cautelar que implica la privación de la libertad durante el desarrollo de un procedimiento penal, por lo que constituye una restricción a los derechos de libertad personal y a la presunción de inocencia.

El Ministro explicó que hasta junio del presente año, en el país había 226 mil 916 personas en prisión, de las cuales 92 mil 595, aún no reciben sentencia.

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