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¿Cómo registrar a las trabajadoras del hogar en el IMSS? STPS explica el paso a paso

Luisa María Alcalde explicó que ahora los empleadores, de manera individual, están obligados a registrar a sus personas trabajadoras del hogar desde el primer día laboral. En ese sentido, mostró el procedimiento en línea para poder realizar la inscripción.

Ciudad de México, 15 de noviembre (SinEmbargo).- Las y los empleadores de México podrán inscribir a las personas trabajadoras del hogar para que puedan tener acceso a la seguridad social y otras prestaciones. Esta mañana, Luisa María Alcalde Luján, titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a conocer el paso a paso para el registro.

En la conferencia de prensa del Presidente Andrés Manuel López Obrador, la funcionaria señaló que en el país hay 2.3 millones de personas que realizan trabajo en el hogar, de las cuales el 88 por ciento son mujeres y el 12 por ciento son hombres.

Sobre cómo se registra a una persona trabajadora del hogar, Luisa María Alcalde detalló que cada empleador podrá ingresar a la página de Internet del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sin la necesidad de acudir a ninguna instancia de Gobierno.

En dicho sitio se deberán llenar los datos solicitados del empleador como Clave Única de Registro de Población (CURP), correo electrónico, domicilio y datos de contacto.

Para el paso dos, se deberán registrar los datos de la persona trabajadora del hogar como son CURP, domicilio, datos de contacto y número de seguridad social. En caso de no contar con este último, se deberá generar en línea a través de la misma página.

En el paso tres se ingresarán los días de trabajo y el salario. En ese sentido, la Secretaria del Trabajo puso como ejemplo que para una trabajadora de tiempo completo con un salario diario de 181 pesos, por lo que la cuota a cubrir es de mil 314 pesos, con una cobertura mensual completa incluyendo los días de descanso.

Agregó que al ingresar estos datos, el mismo sistema realizará el cálculo de la cuota patronal a cubrir.

Por último, se deberá descargar el formato de incorporación y la línea de captura para realizar el pago, el cual se podrá realizar a través de banca en línea o a través de ventanilla bancaria dentro de los primeros 20 días del mes.

En caso de que el día 20 del mes sea día inhábil, la fecha límite de pago será el primer día hábil inmediato posterior.

Dijo que el aseguramiento iniciará el primer día del siguiente mes y que en los siguientes periodos, considerando la información proporcionada por el patrón, el IMSS enviará de manera automática cada mes por correo electrónico la línea de captura para el pago.

Asimismo, la titular de la STPS proporcionó el número telefónico 01 800 623 2323 para cualquier duda que se tenga sobre el registro. Al llamar, las personas interesadas deberán elegir la opción cero, en caso de ser patrón podrá seleccionar la opción 1 para la persona trabajadora del hogar será la opción 2.

El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas. Sábados, domingos y días festivos es de 8:00 a 14:00 horas.

Los beneficios que recibirán las personas trabajadoras del hogar serán atención médica sin limitaciones, incapacidades, riesgos de trabajo, acceso a guarderías, pensión y cobertura para la familia de la persona trabajadora.

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