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La defensa de Félix Gallardo reclama incumplimiento a protección otorgada por Juez

La abogada del capo solicitó que en el Ceferepsi “se dé fe de las instalaciones en que permanecen los internos y las condiciones generales en que se encuentran”.

Por Luis Carlos Sáinz

Tijuana, 3 de octubre (Zeta).- La defensa particular del narcotraficante Miguel Ángel Félix Gallardo remitió un escrito vía electrónica al Juez de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco que conoce de su demanda de garantías por tortura psicológica para reclamar el incumplimiento a la suspensión de plano que fue concedida al capo y ofreció algunas documentales como prueba.

Entre esas pruebas resaltan aspectos de interés como el señalamiento de la Fiscalía General de la República (FGR) que la empresa que proporcionó el brazalete electrónico para el monitoreo del exlíder del Cártel de Guadalajara “no cuenta con permiso”, lo que echaría por tierra la versión de que el dispositivo no funciona.

También se advierte que la primera ocasión que se difirió el traslado de Félix Gallardo a su domicilio para dar cumplimiento a la sustitución de la pena de prisión por la medida de seguridad de confinamiento, el 15 de septiembre de 2022, la Guardia Nacional solicitó la prórroga “a efecto de reforzar el brazalete y ponerse de acuerdo en la vigilancia”.

El resto de las probanzas consisten en documentales públicas como la resolución del Juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en la que se concede enviar al sentenciado a su domicilio; la apelación interpuesta por el Ministerio Publico de la Federación (MPF) respecto al fallo; y el incidente de nulidad de actuaciones promovido por el Fiscal sobre la sustitución de la pena.

La primera ocasión que se difirió el traslado de Félix Gallardo a su domicilio para dar cumplimiento a la sustitución de la pena de prisión por la medida de seguridad de confinamiento, la Guardia Nacional solicitó la prórroga “a efecto de reforzar el brazalete y ponerse de acuerdo en la vigilancia”. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

Otras documentales son el pedimento (número 170) realizado por el MPF para que Miguel Félix sea trasladado al Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial (Ceferepsi) de Ayala, en el estado de Morelos; informes de las diligencias fallidas de colocación del brazalete electrónico; y un informe del fiscal federal respecto a “la apertura de la carpeta de investigación 104/2022 por el delito de amenazas en agravio del quejoso”.

La defensora particular del sinaloense también solicita que el juzgador de amparo pida a las autoridades penitenciarias la remisión del expediente clínico médico y psicológico de la evaluación que el 23 de septiembre último se practicó a Félix Gallardo en la Comisaría de Sentenciados, así como las constancias de la bitácora del suministro de tratamiento médico al quejoso, firmada por este.

Todas las pruebas anteriormente referidas fueron admitidas por el Juez y serán valoradas al resolver el asunto planteado. En cuanto al expediente clínico, el Juez dio un término de tres días al Comisario de Sentenciados de Jalisco para que remita copia certificada de dicho expediente médico, así como las constancias de su estado de salud física y mental y de la bitácora señala.

Sin embargo, el Juez de garantías no admitió otras pruebas ofrecidas por la abogada de Félix Gallardo, entre ellas que se solicitara a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) una relación de personas fallecidas en el Ceferepsi de Morelos.

Tampoco fue admitida la probanza en la que la jurista pidió al juzgador solicitar un informe a la Secretaría de Gobernación y la SSPC “respecto del número de personas que han fallecido en Ceferesos en el país, desde su inauguración hasta la fecha”.

Esta foto de archivo del 10 de abril de 1989 muestra al narcotraficante mexicano Miguel Ángel Félix Gallardo en un lugar no revelado. Foto: AP

Además solicitaba la abogada del capo, que en el caso del Ceferepsi, “se dé fe de las instalaciones en que permanecen los internos y las condiciones generales en que se encuentran”, moción que también fue denegada, pues igual que las anteriores: “no guardan relación con los actos reclamados”; es decir, la posible tortura psicológica a Miguel Félix Gallardo.

El amparo en cuestión fue interpuesto después de que el 15 de septiembre pasado no se materializó la sustitución de la pena de prisión de 40 años de prisión impuesta al quejoso por un Juez de Distrito, a cambio de la medida de seguridad de confinamiento (resguardo en su domicilio).

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