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El Ejecutivo federal acusa a la Corte de querer sustituir los roles del Congreso

La oficina jurídica del Ejecutivo federal aseguró que el Congreso de la Unión cumplió con los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios durante la discusión y posterior aprobación del Plan B electoral.

Ciudad de México, 7 de mayo (SinEmbargo).- La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) acusó este domingo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por restringir las atribuciones constitucionales con las que cuenta el Congreso ante su negativa de revisar una impugnación de una Ley presentada desde 2018 y votar un proyecto que busca anular la primera parte del Plan B de la Reforma Electoral.

A través de un comunicado, la oficina jurídica del Poder Ejecutivo federal señaló que la Suprema Corte opera desde dos criterios: uno para la revisión de leyes del régimen neoliberal, y otro para las normas que “legítimamente expide la soberanía popular en busca de la trasformación que exige el pueblo de México”.

Además, explicó que en el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, un Ministro de la SCJN propone la anulación de la totalidad del decreto por el que se reformaron las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, este como parte del Plan B de la Reforma Electoral, ya que consideró que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo.

“Es falso”, precisó al respecto la Consejería, quien además denunció al funcionario de la Suprema Corte por incumplir lo establecido en el Artículo 17 constitucional, el 39 de la Ley Reglamentaria de las fraciones I y II del Artículo 105 de la norma fundamental, ya que no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas.

“Es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, agregó.

Del mismo modo, apuntó a que el proyecto resolutivo omite examinar la dispensa del trámite, atribución reglamentada para las y los legisladores, que les faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin la necesidad de pasar por comisiones.

“Basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución”.

La Consejería consideró como inexactas las acusaciones sobre la trangresión del principio de deliberación democrática, pues afirmó que durante la aprobación de las leyes que integran el Plan B electoral, el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios y hasta los criterios de la propia Suprema Corte.

“La SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre éstos”, sentenció.

Es ante esto que la CJEF hizo un llamado a las y los ministros de la Suprema Corte para actuar con responsabilidad y privilegiar la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas.

La SCJN comenzará el lunes la discusión de la primera parte del Plan B. Foto: Cuartoscuro.

El pasado 4 de mayo, pleno de la SCJN consideró como “no factible” la solicitud de la CJEF para posponer la discusión de la primera parte del Plan B electoral, por lo que resolverá las impugnaciones el lunes 8 de mayo.

La SCJN informó en un comunicado que la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, presidenta del Poder Judicial de la Federación, sometió a consulta de las y los integrantes del pleno la solicitud de la Consejería Jurídica de no resolver la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, hasta en tanto no se pronuncie sobre otra acción presentada en 2018, en contra del decreto por el que se expide la Ley General de Comunicación Social.

Al respecto, las 11 ministras y ministros determinaron por unanimidad que “no es factible atender dicha petición, ya que la impugnación presentada en 2023 se listó con fecha fija para el próximo lunes 8 de mayo en términos de la legislación aplicable, toda vez que se ha tramitado con el carácter de electoral”.

El pleno de la Suprema Corte consideró que el análisis que comenzará el próximo lunes no provocará el dictado de sentencias contradictorias ni afectará los principios de seguridad y certeza jurídica, ya que en este asunto se impugnaron procedimientos legislativos que son distintos a los controvertidos en 2018, a pesar de que se trate de la misma norma (Ley General de Comunicación Social).

Asimismo, el proyecto relativo a la acción de inconstitucionalidad 52/2018 y sus acumuladas —a la cual no se le dio el trámite de materia electoral—, no ha sido entregado a la Secretaría General de Acuerdos de la SCJN.

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